La Fundación Animal Freedom se estableció el 2 de octubre de 2003.Citamos los artículos más relevantes de nuestros estatutos.
Se puede obtener una copia completa en holandés en la Cámara de Comercio en Groningen, Holanda (bajo el registro # 02081807).
Los objetivos de la fundación son:
Artículo 2
Luchar contra, así como también prevenir,
el abuso de animales. Este objetivo se logra al estimular
alternativas que sean positivas para los animales,
que se justifican ecológicamente y que no sean
de gran envergadura. Estas alternativas se deberán
emplear en la producción y consumo de pescado,
carne y productos lácteos;
Promover en el reconocimiento legal y público
de la libertad para poder comportarse de manera natural
como el principio para los derechos de los animales.
Los medios para lograr dicho objetivo son el informar
e influenciar la opinión pública sobre
las condiciones de vida de los animales y sobre los
aspectos de los derechos de los animales.
Con el propósito de alcanzar tales objetivos,
la Fundación tiene el derecho de:
Apoyar el control de uno o más sitios web
que incluyan el nombre de la Fundación
Obtener dinero por parte de auspiciadores y otros
fondos;
Llevar a cabo todas las otras medidas legales que
parezcan necesarias o útiles con el fin de
cumplir los objetivos de la Fundación
Artículo 3
Se excluye explícitamente de los objetivos
de la Fundación cualquier acción que
involucre riesgo comercial para ésta.
Los objetivos de la fundación no están
enfocados a obtener ganancias. Los dineros por parte
de los auspiciadores se obtendrán a través
de actividades comerciales, investigaciones científicas,
subsidios, donaciones, regalos, disposiciones de testamentos
y herencias.
El sitio Web de Animal Freedom es la voz de la
Fundación y de quienes apoyan sus objetivos.
La Directiva de la Fundación no se hace responsable
de los contenidos del sitio Web de Animal Freedom.
El sitio Web no debe causar perjuicios a la Fundación.
Al final de cada año financiero, se revisará
si los contenidos del sitio web están o han
estado suficientemente de acuerdo con los objetivos
de la Fundación. Si se considera que es así
el caso, el apoyo hacia el control del sitio Web continuará.
Junta Directiva
Artículo 4
La Junta Directiva de la Fundación está
compuesta por personas naturales y consiste en,al
menos, tres miembros y se nombra por primera vez por
este memorando de asociación . La cantidad
de miembros de la Junta será, de acuerdo a
las condiciones mencionadas en la oración previa,
determinada de manera unánime por la Junta
Directiva.
La Junta (con excepción de la primera Junta,
cuyos miembros son nombrados en sus respectivas funciones)
elegirá un presidente, un/a secretario/a y
un/a tesorero/a de entre todos sus miembros. Las funciones
de secretario/a y tesorero/a podrán ser realizadas
por una sola persona. En caso de haber una (o más)
vacantes dentro de la Junta Directiva, los miembros
(o el único miembro) restantes de la Junta
nombrarán a el sucesor/a (o más de uno/a)
dentro de un periodo de dos meses luego de producirse
la o las vacante(s).
Si, por alguna razón, la Junta carezca de
uno o más miembros, entonces el miembro o los
miembros restante(s) formará o formarán
una Junta Directiva legal.
Los miembros de la Junta no reciben remuneración
alguna por sus actividades. Sin embargo, ellos/as
tienen el derecho al reembolso de sus gastos, los
que fueron hechos al realizar sus funciones y en nombre
de la fundación.
La Junta tiene el derecho de crear comités
que lleven a cabo tareas bajo la responsabilidad de
la Junta misma. Los costos de estos comités
corren por cuenta de la Fundación. La Junta
decide las tareas a realizar y el número de
miembros del o de los comités en cuestión.